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El Tribunal Supremo restringe el subsidio para parados mayores de 52 Años

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El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que cambia las condiciones de acceso al subsidio para desempleados mayores de 52 años. A partir de ahora, solo podrán optar a esta ayuda quienes se inscriban como demandantes de empleo desde el momento en que pierdan su trabajo, y no cuando alcancen los 52 años. Este fallo da la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en un caso presentado por un hombre en Cantabria.

Sentencia histórica: Nuevo requisito para el subsidio

En una resolución que podría afectar a miles de personas, el Tribunal Supremo ha establecido que el subsidio destinado a mayores de 52 años solo será accesible para aquellos que hayan estado inscritos como demandantes de empleo de forma ininterrumpida desde que quedaron desempleados. Esto supone una restricción importante para quienes, tras haber perdido su empleo, no se inscribieron de inmediato y esperaban acceder al subsidio al cumplir la edad requerida.

El caso que originó la sentencia involucra a un trabajador autónomo de Cantabria, quien, tras haber dejado de trabajar más de un año antes de cumplir los 52 años, se inscribió como demandante de empleo apenas tres meses antes de alcanzar esa edad. Inicialmente, el Tribunal Superior de Cantabria le concedió el subsidio, argumentando que el demandante había cotizado más de 25 años a la Seguridad Social. Sin embargo, el Supremo ha revocado esta decisión, estableciendo que la inscripción como desempleado debe realizarse de forma continua desde la pérdida del empleo, no en el momento de cumplir los 52 años.

¿Cómo afecta esta decisión a los demandantes?

La nueva interpretación de la ley afecta directamente a quienes buscan acceder a este subsidio, que en la actualidad beneficia a más de 445.000 personas, el 53% de las cuales son mujeres, según los últimos datos del SEPE. Este subsidio está dirigido a mayores de 52 años que hayan agotado las prestaciones contributivas o subsidios previos, siempre que cumplan con los requisitos de cotización y búsqueda activa de empleo.

El fallo subraya que la intención de esta ayuda es proteger a quienes buscan empleo activamente desde que quedaron sin trabajo y no a aquellos que, voluntariamente, se alejan del mercado laboral sin inscribirse como demandantes de empleo. El Supremo destaca que quienes no se inscriben de inmediato, pierden el derecho a percibir el subsidio al alcanzar los 52 años.

Implicaciones para el futuro

Este fallo del Tribunal Supremo marca un precedente en el acceso al subsidio para mayores de 52 años y podría tener un impacto considerable en futuros casos. Las personas que no cumplan con los requisitos de inscripción ininterrumpida como demandantes de empleo desde que perdieron su trabajo ya no podrán beneficiarse de esta ayuda, lo que refuerza la necesidad de mantenerse dentro del sistema de búsqueda activa de empleo desde el primer momento.

La decisión también refuerza el control por parte del SEPE sobre los requisitos que deben cumplir los solicitantes, asegurando que el subsidio se destine a quienes realmente están en situación de vulnerabilidad laboral desde una edad temprana.


Temas: búsqueda activa de empleo , Cantabria , Demanda de empleo , desempleo , inempleo , legislación , normativa laboral , Paro , prestaciones contributivas , protección social , Seguridad Social , Sentencia , SEPE , subsidio mayores de 52 años , subsidio por desempleo , Supremo , trabajo autónomo , Tribunal Supremo

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