Ley de Familias aprobada por el Consejo de Ministros: permisos remunerados para cuidado de familiares y convivientes en casos de enfermedad y accidente.
El Consejo de Ministros aprobó la Ley de Familias, una norma que ampliará hasta nueve días el permiso pagado al año para que los trabajadores cuiden a sus familiares directos o a las personas con las que conviven. La norma, que ha sido remitida al Congreso para su debate y aprobación, ha sido objeto de largas negociaciones entre las carteras socialistas y las de Podemos, que se tradujeron en varios bloqueos y retrasos de la aprobación del proyecto.
La ley otorga idénticos derechos a cualquier modelo de convivencia, incluyendo a parejas de hecho, y extiende los beneficios de familia numerosa a las monoparentales con dos hijos. Además, asegura 15 días libres tras las uniones de hecho, incorpora nuevos permisos y prestaciones para cuidados, ventajas para las familias más vulnerables, especialmente las monoparentales, y prohíbe el ‘pin parental‘.
Entre las nuevas disposiciones, la ley crea un permiso remunerado de hasta cinco días al año para cuidar a familiares ante casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica ambulatoria que precise de reposo del marido, hijos, padres, hermanos, nietos, suegros o de cualquier otro conviviente. Además, se destina otro permiso de hasta cuatro días anuales, que se puede coger por horas, para afrontar urgencias e imprevistos médicos del mismo colectivo de allegados aunque no sean graves.
Todos los progenitores dispondrán de hasta ocho semanas libres para la crianza de los hijos a utilizar antes de que los niños cumplan ocho años, pero en este caso el permiso, al menos en el texto que llega al Congreso, no estará retribuido. El padre o la madre no gestante podrá anticipar los diez días previos al nacimiento de su hijo el comienzo del disfrute de las 16 semanas de libranza laboral pagada a que da derecho el permiso parental.
La ley implementa una ampliación prácticamente universal del subsidio de crianza de 100 euros mensuales que las progenitoras tienen derecho a recibir por hijos de hasta tres años. Anteriormente, este beneficio solo estaba disponible para las madres trabajadoras o aquellas con derecho al ingreso mínimo vital. Sin embargo, la nueva ley amplía el acceso a este subsidio a las madres que han recibido previamente subsidios por desempleo o que han cotizado a la Seguridad Social por lo menos 30 días desde el parto.