El Tribunal Supremo ha dictado sentencia a favor de fichar a los trabajadores al salir a fumar o tomar café.
El Tribunal Supremo avala la obligación de fichar a los trabajadores cada vez que salen a fumar o tomar café, según una sentencia reciente. La sala de lo social ha rechazado un recurso de CCOO contra la decisión de las gasolineras Galp de incluir estas pausas en el registro de jornada de sus trabajadores. La decisión se tomó al entender que estas interrupciones no forman parte del tiempo efectivo de trabajo y no han sido probadas como tal.
La sentencia se produjo después de que CCOO denunciara a la empresa por infracciones relacionadas con la implantación del registro de jornada en 2019. El sindicato alegó que las horas extraordinarias estaban supeditadas a la autorización previa de un superior y no a su realización efectiva, que los viajes de trabajo se contabilizaban como una jornada normal y no el total del tiempo invertido en el desplazamiento, y que los trabajadores debían fichar durante las pausas para fumar o tomar café.
La Audiencia Nacional ya había rechazado el primer recurso de CCOO y ahora la sala de lo social del Tribunal Supremo confirma esta negativa. Los jueces sostienen que no está probado que estas pausas formen parte de la jornada laboral, por lo que es legal que Galp obligue a fichar durante las entradas y salidas.
Según el Supremo, la norma de 2019 que implantó el registro obligatorio de jornada tenía por objetivo luchar contra las horas extraordinarias ilegales, por lo que cualquier mecanismo que contribuya a cumplir ese objetivo es acorde con las previsiones de la norma. En este caso, la empresa fue flexible en el control de las pausas para fumar o tomar café y no se ha acreditado que formen parte de la jornada laboral, por lo que la decisión del Supremo avala la postura de Galp.
La sentencia del Supremo también se pronuncia sobre el control de los viajes de trabajo, que el sindicato CCOO consideraba que debían ser contabilizados como tiempo efectivo de trabajo y no como tiempo de desplazamiento. Sin embargo, el Supremo entiende que no hay pruebas de que esa fuera la condición laboral de los trabajadores y que, por tanto, no se puede considerar irregular el sistema de registro implementado por Galp.
La norma de 2019 que estableció la obligación de llevar un registro diario de la jornada laboral tenía como objetivo evitar la realización de horas extraordinarias ilegales y garantizar la compensación adecuada por el trabajo efectuado. En este sentido, el Supremo considera que cualquier mecanismo que contribuya a cumplir este objetivo es acorde con las previsiones de la norma.
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